Son situaciones conocidas, en suspenso, que mediante la
realización de un evento o suceso futuro incierto pueden convertirse en realidad
y llegar a afectar los activos, pasivos, y resultados de una empresa.
Su característica más importante es la incertidumbre o
riesgo inherente. Se denomina contingencia
a una situación o conjunto de
circunstancias que involucran cierto grado de incertidumbre, y que puede
resaltar a través de la consumación de un hecho, en la adquisición o perdida de
un activo en el origen de cancelación de un pasivo que generalmente trae como
consecuencia una utilidad o una perdida.
Contingencias
y compromisos Se denominan también pasivos contingentes y
está constituido por las obligaciones que están sujetas a la realización de un
hecho, que pueden desaparecer o convertirse en pasivos reales.
Se mencionan algunos ejemplos como:
La existencia de incertidumbre hace que no pueda
conocerse de antemano el resultado de una Acción o
que, en otras palabras, pueda suceder algo diferente a lo esperado.
NIC
37: Esta Norma (NIC 37) prescribe la contabilización y la información
financiera a suministrar cuando se haya dotado una provisión, o bien cuando
existan activos y pasivos de carácter contingente, exceptuando los siguientes:
·
aquéllos que se deriven de los instrumentos financieros que se
contabilicen según su valor razonable;
·
aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución,
salvo si el contrato es de carácter oneroso y se prevén pérdidas. Los contratos
pendientes de ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido
ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien aquéllos en los
que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus
compromisos;
·
aquéllos que aparecen en las compañías de seguros, derivados de
las pólizas de los asegurados; o
·
aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma Internacional de
Contabilidad.
NIC 19: Beneficios a los empleados son todas las formas de contraprestación concedida por una entidad a cambio de los servicios prestados por los empleados o por indemnizaciones por cese.
El objetivo de esta Norma es
prescribir el tratamiento contable y la información a revelar sobre los
beneficios a los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca:
·
un
pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de beneficios a los
empleados a pagar en el futuro; y
·
un
gasto cuando la entidad consume el beneficio económico procedente del servicio
prestado por el empleado a cambio de los beneficios a los empleados.
Esta Norma se aplicará por los
empleadores al contabilizar todos los beneficios a los empleados, excepto
aquéllos a las que sea de aplicación la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.
Beneficios a los
empleados a corto plazo: Beneficios a los empleados a corto plazo, son beneficios
a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese) que se espera
liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del periodo
anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado los
servicios relacionados.
Otros beneficios a
los empleados a largo plazo: Otros beneficios a los empleados a largo
plazo, son todos los beneficios a los empleados diferentes de los beneficios a
los empleados a corto plazo, beneficios posteriores al periodo de empleo e indemnizaciones
por cese.
Beneficios por
terminación: Beneficios
por terminación son los beneficios a los empleados proporcionados por la
terminación del periodo de empleo de un empleado como consecuencia de:
·
una
decisión de la entidad de terminar el contrato del empleado antes de la fecha
normal de retiro; o
·
la
decisión del empleado de aceptar una oferta de beneficios a cambio de la
terminación de un contrato de empleo.
Una entidad reconocerá un pasivo y un
gasto por beneficios por terminación en la primera de las siguientes fechas:
·
cuando
la entidad ya no pueda retirar la oferta de esos beneficios; y
·
el
momento en que la entidad reconozca los costos por una reestructuración que
quede dentro del alcance de la NIC 37 e involucre el pago de los beneficios por
terminación.
Beneficios
post-empleo: Beneficios
post-empleo son beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones
por cese y beneficios a los empleados a corto plazo) que se pagan después de
completar su periodo de empleo. Planes de beneficios post-empleo son acuerdos,
formales o informales, en los que una entidad se compromete a suministrar
beneficios a uno o más empleados tras la terminación de su periodo de empleo.
Los planes de beneficio post-empleo se pueden clasificar como planes de
aportaciones definidas o de beneficios definidos, según la esencia económica
que se derive de los principales términos y condiciones contenidos en ellos.
Provisiones: En la Norma se definen las provisiones
como pasivos sobre los que existe incertidumbre acerca de su cuantía o
vencimiento. Se debe reconocer una provisión cuando, y sólo cuando, se dan las
siguientes circunstancias:
·
la empresa tiene una obligación presente (de carácter legal o
implícita por la entidad), como resultado de un suceso pasado;
·
es probable (es decir, existe mayor posibilidad de que se presente
que de lo contrario) que la empresa tenga que desprenderse de recursos que
comporten beneficios económicos para cancelar la obligación; y
·
además, puede estimarse de manera
fiable el importe de la deuda correspondiente. En la Norma se hace notar que
sólo en casos extremadamente raros no será posible la estimación de la cuantía
de la deuda.
En
la Norma se define una obligación implícita como aquélla obligación que se
deriva de las actuaciones de la propia empresa, en la que:
Debido
a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas
empresariales que son de dominio público o a una declaración real
suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros
que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades.
Las
provisiones deben ser objeto de revisión en cada fecha del balance, y ajustadas
consiguientemente para reflejar en cada momento la mejor estimación disponible.
Cuando ya no sea probable que vayan a salir de la empresa recursos, que
incorporen beneficios económicos, para satisfacer la obligación, la provisión
debe ser objeto de reversión. La provisión debe ser utilizada para cubrir
únicamente los desembolsos para los que fue originalmente reconocida.
Provisiones
de activo. Suponen la constatación contable disminución de valor
en los elementos del activo. Su finalidad es disminuir el valor de los bienes y
derechos que aparecen en el balance ya sea por haber disminuido el valor del
precio del mercado por debajo del valor neto contabilizado, o bien porque
existe una gran posibilidad de no cobrar el importe de los derechos.
Normas
de información financiera: La norma requiere que el auditor se
informe adecuadamente de las situaciones contingentes, que de realizarse,
podrían afectar, positiva o negativamente a la empresa, y que se registre, una provisión
del pasivo.
Indica
que los gastos deben registrarse cuando se conocen y justifican la provisión de
un pasivo que, aun sin ser exigible formalmente por un suceso ya concluido. Si
se trata de activos contingentes recomienda que no se registren los mismos
hasta que se tenga el derecho de exigir el beneficio, en un monto y plazo
preciso, contra el deudor plenamente identificado.
Objetivos
a. Determinar
que todas las contingencias importantes estén reveladas adecuadamente en los
estados financieros.
b. Determinar
el grado de certeza o posibilidad de que la contingencia se realice.
c. Cuantificar
su importancia e impacto probable en los estados financieros.
Control
interno. El aspecto más relevante en el control interno es: Una
comunicación oportuna y efectiva, a contabilidad de todos los actos y
decisiones de la Dirección, el Consejo de Administración y la Asamblea de
Accionistas, para el registro oportuno y adecuado para los hechos que
provoquen operaciones contingentes.
Procedimientos
de auditoria
a. Investigación
con funcionarios y revisión de actas. Se realiza para conocer las decisiones
que se hayan establecido sobre las contingencias.
b. Confirmación
con abogados. Se solicita información sobre los juicios tramitados, su
opinión respecto al posible resultado.
c. Revisión
de operaciones subsecuentes. Consiste en revisar el desarrollo de la empresa,
después de la fecha de cierre y concluir si algunas situaciones estimadas como
contingentes a dicha fecha, efectivamente se realizaron o no.
d. Declaración
“Carta a la gerencia”. Es una declaración de la administración en la que se
informa que las operaciones registradas
están completas y que no existe alguna otra de importancia que no haya sido
revelada en los estados financieros.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario